INFORME EVALUACIÓN EDIFICIOS. (IEE)

El objetivo del Informe Evaluación Edificios es comprobar el adecuado mantenimiento y conservación de los edificios.

 El INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICO, CONSTA DE TRES PARTES:

-La conservación.

-La accesibilidad.

-La eficiencia energética.

Qué es el Informe de evaluación de edificios (IEE) en la CV?

Es un documento técnico que recoge la información del edificio y su evaluación en relación con su estado de conservación, las condiciones de accesibilidad y la certificación de eficiencia energética.
Es por tanto un documento que nos permite conocer el estado de nuestro edificio para poder acometer las obras de rehabilitación y mantenimiento mas aconsejables, al tiempo que cumplimentar la obligación urbanística para edificaciones de mas de 50 años y edificaciones catalogadas.
Se deberá realizar cada 10 años.

¿Cuándo es necesario el IEE.CV?

Los propietarios de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva deberán promover la realización del informe IEE.CV en los siguientes supuestos:

1.- En edificios de antigüedad superior a 50 años.

2.- Edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas para obras de rehabilitación.

3.- En edificios catalogados, y en aquellos que así lo determine la normativa autonómica o municipal.

Normativa reguladora:

¿Cómo puede el profesional realizar el IEE.CV?

La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio pone a disposición de los  técnicos competentes, para que actuando por encargo del propietario o comunidad de propietarios del edificio, a través de su página web, el programa informático IEE.CVWIN, de descarga libre, puedan realizar el Informe, que se establece como herramienta autorizada para la redacción del mismo, hay que tener en cuenta que los croquis referentes a accesibilidad deberán incluirse  en formato jpg. Igualmente el Manual Técnico de apoyo a la redacción del IEE.CV, se encuentra en esta página web.

El IEE.CV un documento a incorporar al procedimiento de rehabilitación

El Informe de Evaluación del Edificio de la Comunitat Valenciana (IEE.CV) ha de incorporarse a la documentación necesaria para la tramitación de ayudas públicas a la rehabilitación.
Como consecuencia de ello, el propietario o comunidades de propietarios, deberán dirigirse a los profesionales competentes, para contratar la elaboración del Informe e incluirlo a la documentación requerida para acceder a las ayudas citadas.

¿Qué profesionales los realizarán?

El redactor del informe, debe ser un profesional competente en materia de edificación residencial, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/99, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

¿Ayudas para la realización del IEE.CV?

Las ayudas por la realización de este tipo de informes consistirán en una subvención, hasta un máximo de 20 euros por cada una de las viviendas que componen el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie de local, sin poder superar en ningún caso los 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio.

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